El Tribunal Segundo de Garantías Penales de Cañar dictó sentencia a 10 años de privación de libertad a Luis Eduardo M., Laura Lissette M. y Ángelo Mauricio Z. Los encontraron como autores del delito de peculado, cometido en el Gobierno Autónomo Descentralizado (GAD) de la parroquia Manuel de J. Calle, cantón La Troncal.
En la sentencia, el Tribunal ordenó el pago de una multa de 40 salarios básicos unificados y la publicación de disculpas públicas en un medio de comunicación de circulación provincial. Además, como reparación integral al Estado, les corresponde cancelar los montos que fueron utilizados para cometer el delito. Esto es USD 5.729 a Luis Eduardo M., USD 4.405 a Laura Lissette M. y USD 9.920 a Ángelo Mauricio Z.
Los hechos
La fiscal del caso, Jenny Llivisaca, informó que realizaron la investigación contra los procesados, luego que la Contraloría General del Estado (CGE) enviara a la Fiscalía un informe con indicios de responsabilidad penal. El documento lo realizó el organismo en el periodo entre enero de 2015 y septiembre de 2017. Así, detectaron que desde la cuenta del GAD Parroquial se hicieron varias transferencias de dinero a cinco cuentas que pertenecen a los sentenciados.
Las transferencias por un valor de USD 56.709 se efectuaron con autorización del entonces presidente del GAD parroquial, Luis Eduardo M. Además, participó la secretaria-tesorera, Laura Lissette M. Por su parte, Ángelo Mauricio Z. laboraba como conductor. Así, de este monto, los sentenciados no lograron justificar USD 20.055, que representan como perjuicio económico al Estado.
Según la investigación, los sentenciados trataron de justificar varias transferencias con facturas que fueron robadas y otras inhabilitadas. La Fiscalía demostró que el Gobierno Parroquial no recibió ninguno de los servicios que prestaban los locales comerciales a los que pertenecían las facturas.
La acusación fiscal se sustentó en los testimonios de funcionarios de Contraloría que levantaron el informe. Además, de los propietarios de los locales comerciales y del sentenciado Ángelo Mauricio Z., quien aceptó haber prestado su cuenta bancaria para que se realicen las transferencias.
A esto se sumaron un informe del Banco Central del Ecuador, en el que se detallan las transferencias desde la cuenta del GAD Parroquial. Pero también, de las cuentas que mantenían los sentenciados en instituciones financieras, así como un informe de la pericia contable. Esta última coincidió con el informe de la Contraloría.