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    ENTREVISTAS

    Albán: El caso Singue fue un proceso viciado de origen

    By primeraplanaedicion11 de noviembre de 2022Updated:11 de noviembre de 2022No hay comentarios2 Mins Read
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    El jurista Juan Pablo Albán, defensa de Wilson Pástor, se mostró satisfecho tras la resolución del Tribunal de Apelación de la Corte Nacional de Justicia al declarar, por unanimidad, la nulidad de la sentencia en el caso Singue.

    En ese sentido, aunque dijo estar de acuerdo, también resaltó que no había otra solución legal y jurídicamente aceptable. Así, argumentó que “era un proceso viciado de origen y lamentablemente llegamos a la instancia de apelación para que así se reconozca cuando en realidad hay momentos previos en el proceso en los que se controla la validez procesal y en los que seguramente debió hacerse la reflexión que hizo la sala de apelación o por lo menos esa reflexión debió hacerla el tribunal de juicio”.

    Con ese antecedente, resaltó que, en el tribunal de juicio, uno de los miembros sí hacía dicha reflexión. Además, recordó que la decisión de juicio fue dividida y que el juez ponente de la causa salvó su voto.

    Albán explica lo sucedido en el proceso del Caso Singue

    El jurista explicó que el Tribunal determinó que el proceso se origina en un acto ilegal en una institución del estado. Es decir, en la Contraloría General del Estado.

    Con ello, resaltó que fue ilegal en distintos niveles, tanto al contenido, cuanto a la forma. Por ejemplo, citó la expiración de plazos para la emisión del informe de auditoría; también alertó sobre las faltas ocurridas en la conformación del equipo auditor que, de acuerdo a los parámetros señalados en la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado, dio como consecuencia -de que el proceso se haya originado en este acto ilegal de la Contraloría- que se viole el derecho a la tutela judicial efectiva, a la seguridad jurídica y al debido proceso. Esto último, mencionó, específicamente en el ámbito del ejercicio al derecho a la defensa. Además, se señaló “las normas constitucionales y del Código Orgánico Integral Penal, que fueron vulneradas a partir de estas actuaciones viciadas”.

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