El organismo valida el decreto 423 tras constatar una ola de 879 homicidios en apenas 43 días. Policías y militares mantienen la facultad de derribar puertas sin orden judicial. Sin embargo el organismo no emite dictamen aún sobre permitir soldados extranjeros e indultos anticipados.
La Corte Constitucional dio un respaldo clave a la estrategia de seguridad del Gobierno. Con el Dictamen 4-26-EE/26, los magistrados declararon constitucional el decreto ejecutivo 423.
La jueza Sandra Cordero Gárate lideró la ponencia aprobada este 26 de junio de 2026. La resolución oficial reactiva las calles bajo un régimen excepcional durante 60 días.
El mapa de la intervención armada
El presidente Daniel Noboa Azín emitió esta orden el pasado 16 de junio. La medida jurídica concentra el estado de excepción en las zonas más calientes del país.
Diez provincias entran bajo el estricto control de las fuerzas del orden. Guayas, Manabí, Santa Elena, Los Ríos, El Oro, Pichincha y Esmeraldas encabezan la lista.
Santo Domingo de los Tsáchilas, Sucumbíos y Azuay completan el mapa provincial. El decreto suma además a tres cantones específicos.
Se trata de La Maná en Cotopaxi, Las Naves en Bolívar y La Troncal en Cañar. En estos puntos, la violencia criminal desbordó la capacidad policial ordinaria.
Una radiografía de sangre y fuego
Los jueces basaron su dictamen en un escenario de terror real. Las bandas criminales desataron una violencia estructural que obligó a la respuesta del Estado.
Las estadísticas oficiales de la DINASED revelan un panorama crítico. Entre el 1 de mayo y el 12 de junio se registraron 879 homicidios intencionales.
La violencia se desglosa en 851 asesinatos, 21 homicidios, 5 femicidios y 2 casos de sicariato. Las calles reflejan el poder de fuego de las mafias.
Por su parte, el ECU 911 gestionó 302.151 emergencias en estas localidades. De ese universo, 453 llamadas alertaron directamente sobre muertes violentas en proceso.
Guayas concentra la mayor crisis con el 53% de los casos. El Ministerio del Interior sumó a la lista 111 masacres que cobraron 252 vidas.
Vía libre para los allanamientos
La Corte concluyó que las leyes comunes ya no bastan. Los Grupos de Delincuencia Organizada (GDO) superan las capacidades normales de la policía.
Las Fuerzas Armadas y el Ministerio de Defensa justificaron el uso de la fuerza extraordinaria. El orden público requiere frenar el armamento pesado de las mafias.
Con este aval, los uniformados suspenderán legalmente la inviolabilidad de domicilio. Los comandos entrarán a las casas ante indicios objetivos de delincuencia.
Los operativos buscarán cargamentos de armas, explosivos, drogas y a capos criminales ocultos. La inteligencia militar también podrá interceptar la correspondencia sospechosa.
Esta vigilancia especial operará bajo informes motivados del organismo competente. Además, el Gobierno podrá requisar temporalmente bienes y servicios lícitos para la guerra interna.
El límite de la fuerza ordinaria
La Policía Nacional ejecutó 19.601 operativos tradicionales antes de este decreto. Esas acciones preventivas dejaron un saldo de 509 terroristas detenidos.
Sin embargo, las capturas resultaron insuficientes frente a la logística criminal. La Corte ya notificó el dictamen a la Asamblea Nacional, la OEA y la ONU.
La jueza ponente exigió al Gobierno aplicar reformas estructurales urgentes. El estado de excepción es solo un tanque de oxígeno para frenar la impunidad.




