Apenas unas horas después de que el presidente Daniel Noboa emitiera el Decreto Ejecutivo 148, con el que convocó a una consulta popular para decidir la instalación de una Asamblea Constituyente, la Corte Constitucional ya registra las primeras acciones de inconstitucionalidad en su contra.
Hasta la tarde de este viernes, al menos tres demandas fueron presentadas por juristas en libre ejercicio, quienes sostienen que el mandatario actuó fuera de lo establecido en la Constitución al enviar directamente la pregunta al Consejo Nacional Electoral (CNE) sin contar previamente con el dictamen del máximo órgano de control constitucional.
De forma paralela, un grupo de académicos, constitucionalistas y exfuncionarios públicos también presentó una acción pública de inconstitucionalidad. Entre los firmantes constan Ramiro Ávila Santamaría, Henry Cucalón, Mauricio Alarcón, Agustín Grijalva, Arturo Moscoso, Marcela Estrella, Gonzalo Muñoz, Gustavo Silva, entre otros, quienes argumentan que el decreto viola principios básicos de supremacía constitucional, legalidad y separación de funciones.
Argumentos de los demandantes
Las acciones coinciden en señalar que:
- El presidente omitió el dictamen previo y vinculante de la Corte Constitucional, requisito establecido en los artículos 438, 443 y 444 de la Carta Magna.
- La pregunta planteada no ha sido sometida a un control de claridad y constitucionalidad, lo que afectaría el derecho de los electores a decidir con plena certeza.
- No existe un documento de justificación de vía que explique por qué se requiere una Constituyente en lugar de otros mecanismos de reforma previstos en la Constitución.
- El Decreto 148 supone una arrogación de funciones, al sustituir el rol de control que corresponde a la Corte.
Los demandantes solicitaron además la suspensión provisional del decreto, argumentando que su aplicación inmediata podría generar un proceso electoral inconstitucional y comprometer recursos del CNE.
La Corte Constitucional deberá pronunciarse sobre la admisión a trámite de estas demandas y definir si concede la suspensión provisional del decreto mientras se analiza el fondo de las acciones.
El futuro de la consulta popular y, por ende, de la propuesta de Asamblea Constituyente de Noboa queda ahora en manos del máximo tribunal constitucional del país.
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