El Consejo Nacional Electoral anunció que, hasta el jueves 3 de abril de 2025, a las 23:59, los medios de comunicación podrán difundir resultados de encuestas y pronósticos para las Elecciones Generales 2025, Segunda Vuelta. Esta normativa también se aplica a medios tradicionales y plataformas digitales. El fundamento está en el artículo 282 del Código de la Democracia. La normativa prohíbe la publicación de resultados de encuestas en los 10 días previos a las elecciones.
No cumplir esta disposición se considerará una infracción electoral. Esto podría llevar a la suspensión de la publicidad, multas que oscilan entre 25 y 255 salarios básicos unificados.
Además, la suspensión del medio por hasta seis meses. Las elecciones para presidente se llevarán a cabo el 13 de abril, donde los candidatos son Daniel Noboa y Luisa González. Además, durante la votación no se permitirá el uso de teléfonos celulares, lo cual también será objeto de sanciones.
Aunque esta medida ha sido impugnada ante la propia justicia electoral e incluso se espera un pronunciamiento de la Corte Constitucional.