POLÍTICA PORTADA

Corte condiciona avance de la consulta popular a correcciones del presidente Noboa

La Corte Constitucional resolvió que como paso para autorizar la consulta popular impulsada por el presidente Daniel Noboa para convocar a una Asamblea Constituyente, el mandatario deberá subsanar las observaciones realizadas al decreto y al estatuto que acompañan la propuesta.

El organismo determinó que 13 considerandos del decreto no cumplen con lo establecido en la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, aunque su eliminación no afectaría la validez de la iniciativa.

Asimismo, señaló que el artículo 5, en conexión con el artículo 4 del Estatuto, carece de precisión sobre el tamaño de las circunscripciones provinciales y el método de adjudicación de escaños, lo que impide definir con exactitud la conformación de la eventual Asamblea Constituyente.

La Corte aclaró que el presidente de la República puede corregir los aspectos señalados y que solo una vez remitidas esas subsanaciones y verificadas por el tribunal, el Consejo Nacional Electoral (CNE) estará autorizado para continuar con el proceso.

De esta forma, el dictamen mantiene abierta la posibilidad de que se realice la consulta popular, pero condicionada a que el Ejecutivo realice los ajustes técnicos y jurídicos exigidos.

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