La Corte Constitucional emitió este viernes varios dictámenes en los que resolvió temas clave para la coyuntura política y social del país. Entre ellos destacan la autorización para que la propuesta de reducción del número de asambleístas pueda someterse a referéndum, y la limitación del estado de excepción decretado por el presidente Daniel Noboa durante el paro nacional.
Enmienda sobre reducción de asambleístas va a referéndum
El máximo tribunal resolvió que la propuesta enviada por la Presidencia de la República para disminuir el número de legisladores en la Asamblea Nacional cumple con los parámetros de claridad, precisión y neutralidad exigidos por la Constitución, por lo que procede la convocatoria a referéndum. Con ello, la ciudadanía tendrá la última palabra sobre la estructura del Legislativo
Estado de excepción solo válido en Carchi e Imbabura
Respecto a los decretos ejecutivos 134 y 146, la Corte determinó que el estado de excepción solo se justifica en las provincias de Carchi e Imbabura, donde constató la ocurrencia de hechos que configuran grave conmoción interna. En contraste, declaró inconstitucional la medida en Pichincha, Cotopaxi, Bolívar, Azuay, Santo Domingo de los Tsáchilas y Chimborazo, al no haberse demostrado una situación que la justifique
El organismo también eliminó el toque de queda que el Ejecutivo había impuesto en varias provincias, al considerarlo desproporcionado y contrario a los derechos de libre tránsito. No obstante, mantuvo la limitación del derecho de reunión y el empleo de la fuerza pública en Carchi e Imbabura, bajo estricta observancia del respeto a la protesta pacífica
Rechazo a enajenación de bienes culturales
En cambio, la Corte descartó la propuesta presentada por la Asamblea Nacional que buscaba permitir la venta de inmuebles pertenecientes al patrimonio cultural del Estado. El organismo concluyó que esta enmienda “altera la estructura fundamental de la Constitución y vulnera el principio de intangibilidad del patrimonio cultural”, por lo que no podrá tramitarse
Aclaraciones sobre leyes de Solidaridad e Integridad
La Corte también resolvió los pedidos de aclaración y ampliación presentados por la Presidencia, el Servicio de Rentas Internas, el Banco Central y la Asamblea Nacional respecto de las sentencias que declararon inconstitucionales las leyes orgánicas de Solidaridad e Integridad.
El tribunal rechazó estas solicitudes al considerar que sus fallos “son claros, completos y de obligatorio cumplimiento”




