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Noboa expide Reglamentos para aplicar Leyes de Transparencia Social y de Contratación Pública

El presidente Daniel Noboa expidió los Reglamentos para la aplicación de la Ley Orgánica de Transparencia Social y de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública. Loo hizo mediante los Decretos Ejecutivos 191 y 193.

Transparencia social y control ciudadano

El Decreto Ejecutivo 191 desarrolla la Ley Orgánica de Transparencia Social, que promueve la participación ciudadana, la rendición de cuentas y la lucha contra la corrupción en todas las entidades del sector público.

La normativa dispone la creación de mecanismos de control social institucionalizado, portales digitales de acceso a la información pública y procesos de seguimiento de las políticas estatales por parte de la sociedad civil.

Además, fortalece los sistemas de prevención de conflictos de interés, la protección a denunciantes y la obligatoriedad de publicar información sobre compras, contratos, presupuestos y ejecución de obras públicas, fomentando así una administración más abierta, participativa y ética.

Nuevo Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Contratación Pública

El Decreto Ejecutivo 193 expide el nuevo Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, con el propósito de modernizar los procesos de adquisición de bienes, obras y servicios en las instituciones del Estado y garantizar eficiencia, transparencia y valor por dinero

Entre las principales innovaciones se encuentran:

  • Implementación de un Portal de Contratación Pública con datos abiertos, interoperable con otros sistemas del Estado, que permitirá el monitoreo ciudadano y el análisis de información en tiempo real.
  • Certificación obligatoria para operadores del sistema, que busca profesionalizar al personal involucrado en los procesos de contratación pública
  • Incorporación del principio de “valor por dinero”, que exige que toda contratación pública optimice los recursos y asegure la mejor relación costo-beneficio.
  • Fomento a la participación de micro, pequeñas y medianas empresas, así como organizaciones de la economía popular y solidaria, mediante estudios de inclusión y mecanismos preferenciales de compra pública.
  • Nuevas disposiciones sobre contrataciones internacionales e importaciones, garantizando la prioridad de la producción nacional.

El reglamento también refuerza la supervisión del Servicio Nacional de Contratación Pública (SERCOP) y establece la obligación de publicar todos los documentos relevantes de los procesos contractuales en línea, desde la planificación hasta la ejecución final.

Según el Ejecutivo, la aplicación de ambas normativas marcará un avance estructural en la gestión pública ecuatoriana, promoviendo el control ciudadano, la integridad institucional y el uso responsable de los recursos del Estado.

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