El Servicio de Rentas Internas (SRI) amplió de manera excepcional el plazo para la presentación de declaraciones y anexos tributarios hasta el 21 de enero de 2026, informó la entidad a través de un comunicado oficial. La medida se aplicará únicamente a los contribuyentes cuyo noveno dígito del Registro Único de Contribuyentes (RUC) sea 1 y 2.
De forma ordinaria, el vencimiento para cumplir con estas obligaciones estaba previsto para el 12 de enero de 2026. No obstante, la prórroga también beneficiará a los contribuyentes especiales, aunque en su caso el nuevo plazo se extenderá solo hasta el 15 de enero de 2026.
La directora general del SRI, Alexandra Navarrete, señaló que durante el periodo de ampliación las obligaciones podrán cumplirse sin generar intereses ni multas. Además, precisó que todas las dependencias del SRI a escala nacional ya se encuentran habilitadas para aplicar esta disposición.
Según la Resolución No. NAC-DGERCGC26_000000002, la ampliación del plazo se dispuso debido a que el 12 de enero de 2026, fecha en la que vencía el lapso original, se registraron numerosas anomalías e intermitencias tecnológicas en las plataformas habilitadas para la recepción de declaraciones.
La entidad explicó que estos inconvenientes se produjeron por la alta demanda de usuarios en tiempo real, lo que impidió que varios contribuyentes completaran sus trámites dentro del plazo establecido. Ante este escenario, el SRI recomendó a los contribuyentes acogerse a la prórroga y cumplir con sus obligaciones tributarias dentro de los nuevos plazos definidos, con el fin de evitar inconvenientes futuros.




