El presidente de Daniel Noboa remitió a la Corte Constitucional el Acuerdo de Comercio Recíproco suscrito entre Ecuador y Estados Unidos, con el objetivo de que se realice el control constitucional previo antes de su eventual ratificación.
El trámite se formalizó mediante un oficio fechado el 21 de abril de 2026, en el que el mandatario solicita al organismo determinar si este instrumento internacional requiere o no aprobación de la Asamblea Nacional del Ecuador.
Sorteo de la causa y proceso en curso
Por sorteo, el análisis del caso recayó en el despacho de la jueza Alejandra Cárdenas, quien deberá elaborar el proyecto de dictamen.
Según el documento, el acuerdo fue suscrito el 13 de marzo de 2026 entre ambos países y posteriormente remitido por la Cancillería a la Presidencia para continuar con el proceso legal correspondiente.
Control constitucional obligatorio
La Constitución ecuatoriana establece que todos los tratados internacionales deben someterse a un control previo de la Corte Constitucional antes de su ratificación.
En este contexto, el organismo cuenta con un plazo de ocho días desde la recepción del documento para pronunciarse sobre si el acuerdo requiere aprobación legislativa, en función de los criterios establecidos en el artículo 419.
Posible paso por la Asamblea
Entre los aspectos que obligan a la intervención de la Asamblea se incluyen compromisos en materia económica, acuerdos de comercio o integración, así como posibles implicaciones sobre derechos y garantías.
El dictamen de la Corte definirá la ruta que seguirá el acuerdo: si debe ser enviado a la Asamblea Nacional para su debate y aprobación, o si puede avanzar directamente en su proceso de ratificación.




