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Noboa emite Reglamento de Ley de Solidaridad Nacional

Mediante el Decreto Ejecutivo 54, el presidente Daniel Noboa emitió la noche de este martes el Reglamento General de la Ley Orgánica de Solidaridad Nacional. El documento se compone de 29 artículos, cuatro disposiciones generales, seis disposiciones transitorias y dos disposiciones reformatorias.

Además, define detalles clave como el reconocimiento del conflicto armado interno, la identificación de grupos armados y la conformación del Bloque de Seguridad. También regula donaciones para policías y militares, así como el procedimiento para el indulto a la fuerza pública.

Sobre el reconocimiento del conflicto armado interno, el reglamento señala:

“Este se realizará a través de un Decreto Ejecutivo por parte del presidente de la República, con base en los informes emitidos por las fuerzas del orden y entidades involucradas.”

En relación con el Bloque de Seguridad, el texto detalla su liderazgo y conformación. El presidente o su delegado lo encabeza. Lo integran: la máxima autoridad del ente rector de la defensa nacional; la máxima autoridad del ente rector de la seguridad ciudadana y orden público; el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; el Comandante General de la Policía Nacional; la máxima autoridad del ente rector del Sistema Nacional de Inteligencia; la máxima autoridad de la Secretaría General de la Administración Pública; la máxima autoridad de la Unidad de Análisis Financiero y Económico; y la máxima autoridad del Organismo Técnico del Sistema Nacional de Rehabilitación Social o su delegado.

Detalles sobre donaciones y control fiscal

El reglamento ordena crear el Comité de Calificación y Certificación de Solidaridad. Este organismo coordinará la rebaja del impuesto a la renta, donaciones de bienes inmuebles y entrega de equipamiento o suministros nuevos para la Policía Nacional y Fuerzas Armadas.

Sobre las donaciones, el reglamento establece:

“El Ministerio de Finanzas, en coordinación con el Servicio de Rentas Internas, determinará el monto anual máximo que deberá recibir la Policía y las FF.AA. como donaciones.”

Define un proceso claro. El donante enviará una carta de intención al Ministerio del Interior o de Defensa Nacional. La Policía o Fuerzas Armadas revisarán la solicitud y emitirán los informes de factibilidad. Tras la aprobación, las autoridades competentes firmarán el contrato de donación o el instrumento de remisión.

Las instituciones beneficiarias deberán informar al Servicio de Rentas Internas, hasta el 15 de enero del año siguiente, sobre las donaciones recibidas en el ejercicio fiscal previo. Una vez recibidos, los bienes donados serán distribuidos equitativamente por los ministerios responsables mediante instrumentos jurídicos adecuados.

El reglamento también fija normas para allanamientos, incautación de bienes inmuebles y la finalización del conflicto armado interno para regresar al estado ordinario.

Hasta el martes, 15 de julio, seis demandas de inconstitucionalidad contra la Ley de Solidaridad Nacional llegaron a la Corte Constitucional.

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