Este lunes, 30 de junio de 2025, concluye el plazo para que los ciudadanos ecuatorianos puedan beneficiarse del régimen especial de condonación de obligaciones relacionadas con tributos de tránsito, establecido mediante el Decreto Ejecutivo 551, expedido el 3 de marzo.
Esta disposición legal permite la condonación total de intereses, multas por mora, recargos y costas procesales, tanto en obligaciones con la Agencia Nacional de Tránsito (ANT) como con el Servicio Público para Pago de Accidentes de Tránsito (SPPAT). La condición para acceder al beneficio es haber cancelado, antes de la fecha límite, al menos el 30% del valor total de la deuda principal registrada.
La medida se enmarca en la Ley Orgánica para el Alivio Financiero y el Fortalecimiento Económico de las Generaciones, aprobada por la Asamblea Nacional en diciembre de 2024, cuyo objetivo es mitigar la carga económica que enfrentan personas naturales y sectores afectados por la crisis financiera reciente.
Durante el período de vigencia del beneficio, no se exigirán pagos adicionales ni la suscripción de convenios de pago para la renovación de licencias, matrículas vehiculares o trámites pendientes, aun cuando existan citaciones impagas.
A partir del 1 de julio de 2025, el régimen especial quedará sin efecto. Los contribuyentes que no hayan accedido a este beneficio deberán cancelar el total de sus obligaciones, incluidos los valores acumulados por intereses y recargos, y cumplir con los requisitos regulares establecidos por la normativa vigente.
Los usuarios interesados pueden consultar su estado de cuenta, verificar el valor correspondiente al 30% de la deuda y efectuar el pago a través del portal oficial de la ANT: www.ant.gob.ec
Las autoridades reiteran el llamado a la ciudadanía a aprovechar este mecanismo legal antes de su vencimiento, con el fin de regularizar su situación tributaria sin incurrir en mayores costos.




